La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló a favor del periodista Santiago O’Donnell en la causa iniciada por Mariano Macri, y dejó sin efecto la exigencia de entregar las copias de las grabaciones de las entrevistas mantenidas entre ambos.
Mariano Macri había solicitado que se ordenara al periodista la entrega de una copia íntegra de las grabaciones de las entrevistas que habían mantenido entre enero y agosto de 2020, a partir de las cuales O’Donnell redactó el libro “Hermano. La Confesión de Mariano Macri sobre la trama de poder, política, negocios y familia detrás de su hermano Mauricio”, publicado a pesar de la oposición del accionante y puesto a la venta por la Editorial Sudamericana. Argumentó que quería contar con los elementos necesarios para plantear una eventual demanda de daños y perjuicios contra el periodista y la editorial por presunto incumplimiento contractual, en tanto estimaba que dichas grabaciones configuraban una diligencia preparatoria esencial e indispensable para el logro de dicha tarea.
En diciembre de 2020, la jueza de primera instancia intimó al periodista a que, en cinco días, acompañara las grabaciones de los diálogos mantenidos con Macri. Contra esta decisión, el periodista interpuso recurso de revocatoria y apelación en subsidio, planteos que fueron rechazados por el juez de primera instancia.
Al apelar el rechazo a sus planteos, O’Donnell destacó que solo una parte de la información fue publicada, quedando entonces reservado -y bajo dominio y responsabilidad exclusiva del profesional- el resto del material, que podrá servir para investigaciones y publicaciones futuras, y que posee información sensible. De esta manera, dijo que lo que se intenta proteger y mantener en reserva es el material que no fue publicado, que continúa en proceso de chequeo de datos y otras fuentes.
En febrero de 2022, la Corte suspendió la sentencia de primera instancia que había obligado a O’Donnell a entregar las grabaciones de las entrevistas y requirió la remisión de las actuaciones principales.
El pasado 22 de junio, por unanimidad de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, el Máximo Tribunal declaró procedente el recurso extraordinario presentado por O’Donnell y ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a esa decisión. Se basó en que la medida preliminar solicitada por Macri es de aplicación muy excepcional y que la jueza no argumentó esa necesidad ni falta de alternativas procesales.
La acción de FOPEA
En enero de este año, FOPEA emitió un comunicado reclamando que la Corte rechazara la acción intentada por Macri, destacando que el planteo desconocía la garantía constitucional de protección que ampara al trabajo periodístico. “El artículo 43 de la Constitución nacional establece claramente que “no podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodística”. A su vez, la Declaración de Principios de Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos fija que “todo comunicador social tiene derecho a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales”, señaló el comunicado de FOPEA.
Hoy, Santiago O’Donnell hizo público a través de Twitter el agradecimiento que ya había hecho llegar a FOPEA. Destacó también la intervención de sus abogados y de otras organizaciones de defensa de la libertad de expresión que se expresaron en favor del rechazo del planteo intentado por Mariano Macri. Además, reclamó la libertad de Julian Assange, preso en Gran Bretaña por publicar información de interés público.