Evo Morales: circula información falsa sobre su residencia en la Argentina

Chequeado, Buenos Aires,  13.01.2020

Es falso que el Estado gasta $ 4 millones en un departamento en Puerto Madero y seguridad privada para Evo Morales

13 Enero, 2020 | Tiempo de lectura: 3 minutos

  • El ex mandatario boliviano actualmente está viviendo en una casa ubicada en el barrio de Colegiales, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y no en un piso de Puerto Madero.
  • La seguridad de Morales está a cargo de agentes del Estado nacional, y su custodia no representa un gasto de $ 4 millones.
  • Morales se encuentra tramitando su condición de refugiado pero la Comisión Nacional para los Refugiados no cuenta con fondos ni brinda subsidios a las personas que se encuentran en dicha situación.

Circula en Facebook y en Twitter una publicación en la que se ve una foto del ex presidente boliviano Evo Morales acompañada de la siguiente leyenda: “Un piso en Puerto Madero y un equipo de custodios privados. Total $ 4.000.000 por mes para refugiar a Evo Morales pagados por el estado argentino”. Sin embargo, Chequeado pudo comprobar que todo esto es falso.

La desinformación fue compartida más de 68 mil veces en Facebook, según los datos de las propias publicaciones que se encuentran en la red social (ver acá y acá). En Twitter fue menos viral:tuvo 185 retuits y 225 “Me gusta” (ver acá).

Dónde reside Evo Morales y cómo es su custodia

Tras el golpe de Estado en su país, el ex mandatario boliviano actualmente está viviendo en una casa ubicada en el barrio de Colegiales, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y no en un piso de Puerto Madero como señala la desinformación. Esto fue confirmado a Chequeado por Amanda Dávila, ex ministra de Comunicaciones de Bolivia. Además, el domicilio de Morales fue fotografiado y publicado por el sitio Infobae en una nota de diciembre último.

La seguridad de Morales está a cargo de agentes del Estado. “Morales cuenta con una custodia modesta pero no se trata de custodios privados sino de agentes del Estado nacional argentino”, aclaró Dávila en relación al texto de la desinformación. También agregó que en total son 4 policías, pero que no están todo el día con Evo y tampoco son siempre los mismos agentes.

Si se tiene en cuenta la escala salarial de la Policía Federal, el pago total por las funciones de esos agentes no se aproxima a la cifra que se dio a conocer en la desinformación. Tampoco si se le suma el monto que se paga como “Suplemento por Función Policial Operativo” y el de “Función de Investigación”. Si esos 4 oficiales cobrarán lo máximo que se paga, el sueldo de un comisario general, la suma de sus honorarios sería alrededor de $ 400 mil, un monto muy menor al de la cadena viral. 

Con respecto a este tema, Pablo Ceriani Cernadas, director de la especialización en Migración, Asilo y Derechos Humanos de la Universidad de Lanús y ex vicepresidente del Comité de Trabajadores Migrantes de la ONU, señaló que otorgar o no una custodia a alguien en la situación de Morales no está contemplado en la legislación. 

Este medio consultó al Ministerio de Seguridad para saber si se le había asignado una “custodia privada” como se dijo en los posteos virales. Desde la cartera que dirige Sabina Frederic confirmaron que esto también era falso. 

El Estado no financia ayuda humanitaria

Este medio realizó un pedido de acceso a la información pública al Ministerio del Interior de la Nación, organismo del que depende la Comisión Nacional para los Refugiados (Conare), para poder conocer si efectivamente el Estado gasta $ 4 millones para pagar un departamento y seguridad privada para Morales.

Si bien Morales se encuentra tramitando su condición de refugiado en el país, “la Conare no posee fondos ni presupuesto propio, ni brinda subsidios a quienes fueron reconocidos como refugiados”, aclararon en la respuesta formal enviada a Chequeado. 

Desde la Conare también aclararon que esta comisión sólo se encarga de convocar a las autoridades pertinentes (ya sean nacionales, provinciales o municipales) para poder lograr una “inserción en la vida social y económica del país” de las personas refugiadas.

En ese mismo sentido, Ceriani Cernadas aclaró que “nada de esas cosas [que se afirman en la desinformación] están en la normativa sobre refugiados” ya que tanto la ley internacional -derivada de la Convención de Ginebra de 1951– como la nacional, no aclaran obligaciones bien específicas sobre asistencia financiera a personas refugiadas”. Esto último se puede comprobar en la Ley General de Reconocimiento y Protección al Refugiado, que no contempla el pago de ningún subsidio.

El especialista también señaló que el Estado, “directa o indirectamente (con la cooperación de ACNUR [N.de R: Agencia de la ONU para los Refugiados] u otras instituciones)”, solo debe garantizar necesidades básicas. Así, aclaró que “no es el Estado sino ACNUR y la sociedad civil” los encargados en prestar ayuda humanitaria, que siempre es “una ayuda mínima y por muy poco tiempo destinada a personas en situación de alta vulnerabilidad”.

Por lo tanto, lo que dicen los posteos es falso: Morales vive en Colegiales y no en Puerto Madero, y además no tiene seguridad privada sino una custodia oficial que no cuesta lo que señala la desinformación.

Este chequeo es parte de la iniciativa Third Party Fact-checker de Facebook en la Argentina. En los casos de fotos y videos trabajamos con imágenes trucadas o sacadas de contexto y siempre analizamos en conjunto las imágenes junto con el texto con el que fueron presentadas.

(Reproducción del informe de Chequeado)

Medios vecinales: apoyo de la justicia en Buenos Aires

medios vecinales buenos airesSOCIEDAD
ASOCIACIÓN DE MEDIOS VECINALES
03 de enero de 2020
PÁGINA/12, Buenos Aires
La Cámara avaló el pedido de amparo presentado por 58 publicaciones
La justicia volvió a apoyar a los medios vecinales
El nuevo fallo declaró inconstitucional la resolución 813/2018, que reduce el presupuesto del Gobierno porteño para asignarles pauta oficial. La medida ratifica lo dictaminado en primera instancia.

La resolución del Poder Ejecutivo fue parte de una «política de persecución y disciplinamiento de los medios vecinales”, reclamaron los amparistas.
La justicia volvió a fallar a favor de los medios vecinales al ratificar la inconstitucionalidad de la resolución N° 813/2018, que el Subsecretario de Comunicación Social de la Ciudad, Máximo Merchensky, emitió en 2018 para rebajar en un 19 por ciento la pauta publicitaria. La medida, que había sido tomada sólo dos meses después de que la Legislatura reconociera el rol social, cultural y político de los medios barriales, apuntaba a reducir el presupuesto destinado a esos medios a través de la modificación de la forma de cálculo de la pauta, que terminaba resultando diferente a la previsto en la ley de Medios Vecinales de Comunicación Social (2587).

La acción de amparo colectivo fue iniciada por 58 medios, con el patrocinio del Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC)(de Buenos Aires). Para los amparistas, “la disminución ilegal de la pauta oficial, reconocida por la justicia, es parte de una política de persecución y disciplinamiento de los medios vecinales”.

La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario, integrada por su titular, Carlos Balbín, y las juezas Mariana Díaz y Fabiana Schafrik confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo y declaró la nulidad de la resolución 813.

La sentencia sostiene que la resolución no se ajusta al bloque normativo que regula la materia conformado por la ley n° 2587 y el decreto n° 933/2009. En el escrito, Balbín recuerda que la Corte Suprema sostuvo que “cuando una disposición reglamentaria desconoce o restringe irrazonablemente derechos que la ley reglamentada otorga, o de cualquier modo subvierte su espíritu y finalidad, ello contraría el principio de jerarquía normativa y configura un exceso en el ejercicio de las atribuciones que la Constitución Nacional concede al Poder Ejecutivo”.

Fernado Zuker, integrante de la Asociación de Medios Vecinales y uno de los amparistas, dijo a Página/12 que “la ley establece que la pauta se calcula a partir del precio más bajo del espacio publicitario de la página 7 del diario de mayor tirada de la Ciudad y, además, fija que ese precio nunca puede ser inferior al mayor valor percibido. Pero lo que hizo el gobierno porteño, a través de la Subsecretaría de Comunicación Social, fue modificar esa fórmula para calcular la pauta a partir de una compulsa semestral de precios, en lugar de mensual, y tomando el menor valor de la oferta, lo que incluye los descuentos y promociones, que es lo que la ley prohíbe”, porque la tarifa no puede coincidir con precios promocionales ni sujetos a descuentos.

Zuker, quien preside la cooperativa de medios La Taba, sostuvo que en el contexto económico de los últimos años “se hizo muy difícil sostener los medios vecinales”, situación que se agravó aún más cuando “sobre ese escenario se montó un recorte sobre la pauta”. “Fuimos 40 titulares, que representamos a 58 medios, los que firmamos el amparo. Y si bien desde que salió la cautelar el gobierno dejó de aplicar la fórmula de la compulsa semestral, no se puso al día con los retroactivos”, detalló.

La ley de Medios Vecinales (sancionada el 6 de diciembre de 2007) crea un Registro de Medios y regula la contraprestación publicitaria. Para ser parte de este Registro, los medios, que deben contar con dos años de funcionamiento previo, tienen que inscribirse cada año y ser aprobados por el veredicto de una Comisión Evaluadora dependiente de la Subsecretaría de Comunicación Social, encargada de controlar los requisitos que estipula la ley. Actualmente, 269 medios barriales de la Ciudad reciben 5 de cada 100 pesos que el gobierno invierte en publicidad.

En el fallo, Balbín sostiene que la ley de Medios Vecinales consideró a estos medios de comunicación social como herramientas de la “democratización de la información” frente a la “concentración de los grandes medios y la irrupción de los multimedios” y como “un reaseguro para la vigencia del precepto constitucional de libertad de prensa”.

A la vez, sostuvo que la reducción del precio “teniendo en cuenta las características que la ley exige a los medios vecinales que resulten beneficiarios de la pauta institucional, en particular, su carácter gratuito (art. 2°, ley n° 2587), permiten sostener -ante todo- que las mermas dinerarias que sufran como consecuencia de la reducción del pago en concepto de pauta (impuesta con la finalidad de alcanzar un equilibrio financiero para la demandada) colocan el ejercicio de la actividad de los medios vecinales en una situación de riesgo, máxime teniendo en cuenta que el propio decreto reglamentario n° 933/2009 –a fin de evitar dicho riesgo- estableció que ‘la Pauta Institucional no podrá ser inferior al mayor valor percibido’ (art.13, anexo)”.

El abogado patrocinante de la causa y titular del ODC, Jonatan Baldiviezo, dijo a este diario que “el recorte de la pauta fue una medida de disciplinamiento a los medios. Una persecución que comenzó por la pauta pero que este año incluyó la medida arbitraria de no incorporar nuevos medios vecinales al Registro, sin que el gobierno diera ningún fundamento. Y si bien el gobierno manifiesta una cuestión financiera, recorta sobre estos medios porque reflejan lo que pasa en los barrios, medios a los que no puede controlar y cuya pauta es ínfima comparada con los montos de la pauta oficial, que es de 1200 millones de pesos”.

Sida: aumentan casos de diagnóstico tardío en Argentina

Adicciones, drogas inyectables y HIV: una problemática que pega cada vez más fuerte en Argentina

El Defensor del Pueblo Adjunto de la provincia de Buenos Aires, Walter Martello, destacó que los últimos indicadores oficiales muestran un preocupante incremento de los casos de diagnóstico tardío de VIH/Sida en la Argentina. La tasa más elevada -pasó 53 al 62% en los últimos cinco años- se registra en los casos de transmisión por el uso compartido de agujas y jeringas. En nuestro país, el 63% de las personas que consumen estupefacientes por vía intravenosa, con fines no terapéuticos, se inyecta cocaína. La necesidad de instalar y desarrollar programas de prevención y de reducción de daños.

“Las personas que consumen drogas inyectables, sin la prevención adecuada, no solo puedo sufrir sobredosis y desarrollar fuertes adicciones. También corren 22 veces mayor riesgo de contraer el VIH y otras enfermedades infecciosas. Se trata de un acuciante problema salud pública, cuya gravedad se incrementa año tras año en la Argentina, poniendo en evidencia la alarmante ausencia de programas y políticas públicas de asistencia y de prevención que sean consistentes y perdurables”, destacó Martello, que está a cargo del Observatorio de Adicciones y Consumos Problemáticos de la Defensoría del Pueblo bonaerense. También es autor de “Salió Mal”, un libro que propone la adopción de un nuevo paradigma -basado en el respeto a los derechos humanos- en materia de política de drogas en la Argentina.

El Defensor del Pueblo Adjunto sostuvo que quienes incurren en este tipo de consumo problemático, por lo general, se inyectan sustancias psicotrópicas (o psicoactivas) con finalidades no terapéuticas. Estas drogas pueden ser opioides, estimulantes anfetamínicos, cocaína, somníferos, sedantes y alucinógenos. La inyección puede administrarse por vía intravenosa, intramuscular y/o subcutánea. No se incluye en esta definición a las personas que se inyectan medicamentos con fines médicos, ni a quienes se aplican sustancias no psicotrópicas como pueden ser esteroides -u otras hormonas- para modelar el cuerpo o para mejorar el desempeño atlético.

Según el último relevamiento realizado por la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas (ex Sedronar), la sustancia más consumida por vía inyectable con fines no terapéuticos en nuestro país es la cocaína, dado que el 63,3% de quienes han hecho esta práctica alguna vez en su vida han mencionado dicha sustancia. Asimismo, la morfina, petidina (medicamento que se usa para tratar el dolor que va de moderado a grave) o similares, se ubican como el segundo tipo de sustancia más consumida por vía inyectable.

Al analizar el perfil de quienes han consumido drogas por vía inyectable alguna vez en la vida en la Argentina, se observa que la mayor proporción corresponde a varones (80%) y a personas de 25 a 49 años de edad (66%). El informe de la ex Sedronar, no obstante, también registra casos entre 12 y 17 años (representan el 1,6%), al tiempo que en el grupo etario más avanzado, de 50 a 65 años, se encuentra el 10,2% de los usuarios de sustancias por vía intravenosa. Los propios datos oficiales dan cuenta que, aunque la mayor proporción de usuarios tiene una mediana edad, este tipo de consumo se encuentra presente en todos los tramos etarios. Respecto a las mujeres, la mayoría de las usuarias tiene entre 35 y 49 años. Pero aún así, más del 22%, es decir 2 de cada 10 que alguna vez en la vida se han inyectado, tiene menos de 25 años.

Transmisión de enfermedades infecciosas

Consumir drogas por vía intravenosa, con fines no terapéuticos, hace rato que dejó ser una problemática que sólo se veía en las películas y/o documentales que retratan los padecimientos de los adictos a la heroína en Estados Unidos, Canadá o en las naciones más prósperas de Europa. Es una realidad instalada, con fuerza, en la Argentina, lo que a su vez contribuye a la proliferación de enfermedades infecciosas como HIV/SIDA y hepatitis.

De acuerdo con el ultimo boletín epidemiológico sobre el VIH, Sida e Infecciones de Transmisión Sexual en la Argentina, publicado en diciembre de 2019 por el Ministerio de Salud de la Nación, los porcentajes de diagnóstico tardío de HIV muestra su mayor magnitud en los casos en que se ha constatado el contagio por el uso compartido de agujas, jeringas y/o otros elementos del equipo de inyección.

Concretamente, mientras que durante el período 2013/2014 el 53% de los varones que se habían contagiado HIV por haber compartido material para inyectarse tuvieron un diagnóstico tardío, la tasa llegó 62% en 2018.

Martello recordó que, mediante una resolución aprobada el 8 de junio de 2016, la Asamblea General de las Naciones Unidas ha remarcado la falta de progresos en la reducción de la transmisión del VIH entre las personas que consumen drogas, en particular, las que se inyectan drogas. En ese sentido, la ONU propuso a los Estados nacionales la adopción de políticas públicas basadas en la reducción de daños, es decir, que apunten a la disminución de las consecuencias negativas del consumo de drogas

La reducción de daños incluye variadas estrategias aplicadas en distintas partes del mundo. Las más difundidas son los programas de cambio de jeringas y las iniciativas de sustitución de drogas para los adictos a los opiáceos (metadona o naloxona,) que han permitido -en algunas regiones- poner un freno a las adicciones, y reducir los casos de muerte por sobredosis, como así también el contagio de VIH y hepatitis. La reducción de daños abarca también la educación e información. Se busca instruir a los usuarios sobre las formas de desinfección de los equipos de inyección y cómo prevenir la sobredosis.